Derechos laborales de la empleada del hogar en 2026: guía completa
Guía actualizada con todos los derechos laborales del servicio doméstico en España en 2026: contrato, jornada, vacaciones, despido, baja y prestación por desempleo.
La regulación del empleo del hogar en España ha evolucionado mucho en los últimos años. Desde la equiparación con el Régimen General de la Seguridad Social, las empleadas del hogar tienen derechos cada vez más alineados con los del resto de trabajadores. Esta guía recoge todos los derechos vigentes en 2026.
1. Contrato de trabajo obligatorio
Desde 2012, el contrato de trabajo es obligatorio para cualquier relación laboral en el servicio doméstico, incluso si es por horas. Los puntos clave:
- Forma: Debe ser por escrito siempre que la duración sea superior a 4 semanas. Para contratos de menos de 4 semanas, puede ser verbal, aunque se recomienda siempre dejarlo por escrito.
- Contenido mínimo: Identificación de las partes, funciones, jornada, salario, duración, domicilio de trabajo y si se acuerda pernocta (interna).
- Periodo de prueba: Máximo 2 meses. Durante este periodo, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin preaviso ni indemnización.
- Registro: No es necesario registrarlo en el SEPE, pero sí comunicar el alta a la Seguridad Social.
Consejo: Un contrato claro y detallado evita malentendidos. Especifica horarios, funciones concretas, días de descanso y condiciones del alojamiento si es interna.
2. Jornada laboral y descansos
La jornada máxima legal es de 40 horas semanales de trabajo efectivo:
- Jornada diaria: Máximo 9 horas de trabajo efectivo, con un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
- Descanso semanal: 36 horas consecutivas (habitualmente sábado tarde y domingo completo).
- Internas: Además de la jornada de trabajo, la empleada interna tiene derecho a 2 horas diarias para comidas (que no computan como jornada) y un descanso nocturno de al menos 8 horas consecutivas.
- Tiempo de presencia: Las horas de presencia pactadas (estar en el domicilio pero sin trabajar activamente) no pueden superar las 20 horas semanales de promedio en un mes. Deben compensarse con descanso o retribución.
- Horas extra: Las empleadas del hogar no pueden realizar horas extraordinarias según la normativa actual. Las horas de presencia son la alternativa pactada.
3. Salario y pagas extra
El salario mínimo se rige por el SMI vigente, con estas particularidades:
- Salario en metálico: El pago debe realizarse en moneda de curso legal, puntualmente en la fecha acordada.
- Salario en especie: Para internas, el alojamiento y la manutención pueden computar como salario en especie, pero nunca pueden superar el 30% del salario total. El 70% restante debe pagarse en metálico.
- Pagas extraordinarias: Derecho a 2 pagas extra al año (habitualmente en junio y diciembre), salvo que se pacte su prorrateo en 12 mensualidades.
- Recibo de salario: El empleador debe entregar un recibo de salario (nómina) firmado por ambas partes.
- Incremento anual: El salario debe revisarse cada año, al menos en la proporción del SMI si este sube.
4. Vacaciones y festivos
Las empleadas del hogar tienen derecho a:
- Vacaciones anuales: 30 días naturales al año (2,5 días por mes trabajado). Pueden fraccionarse en dos periodos, uno de al menos 15 días consecutivos.
- Festivos: Los 14 días festivos oficiales (nacionales + autonómicos + locales) son días de descanso retribuido.
- Disfrute: Las vacaciones deben fijarse de mutuo acuerdo. El empleador puede fijar 15 días según sus necesidades, y la empleada elige los otros 15.
5. Seguridad Social y prestaciones
Desde enero de 2023, las empleadas del hogar están integradas en el Régimen General de la Seguridad Social con plenos derechos:
Cotización
- Alta obligatoria: El empleador debe dar de alta a la empleada desde el primer día de trabajo. El plazo es de 6 días antes o en el mismo día del inicio.
- Cotización: El empleador paga la cuota patronal y descuenta la cuota obrera del salario de la empleada.
- Discontinuas (por horas para varios empleadores): Cada empleador da de alta y cotiza proporcionalmente.
Prestaciones incluidas
- Asistencia sanitaria completa
- Incapacidad temporal (baja por enfermedad o accidente) desde el día 4
- Maternidad y paternidad: 16 semanas de permiso retribuido al 100%
- Prestación por desempleo: Las empleadas del hogar ya tienen derecho a paro desde octubre de 2022. Se cotiza por desempleo y tienen acceso a la prestación en las mismas condiciones que el Régimen General.
- Jubilación: Generan derechos de pensión como cualquier trabajador.
- Riesgo durante el embarazo y lactancia
La prestación por desempleo fue una de las mayores conquistas del sector. Asegúrate de que estás cotizando correctamente por este concepto.
6. Prevención de riesgos laborales
El empleador tiene la obligación de velar por la seguridad y salud de la empleada:
- Informar sobre los riesgos del domicilio y las medidas de prevención.
- Mantener el domicilio en condiciones de seguridad e higiene adecuadas.
- Proporcionar equipos de protección si las tareas lo requieren (productos de limpieza, por ejemplo).
- En caso de interna, garantizar una habitación digna con ventilación, luz natural, mobiliario adecuado y cerradura.
7. Extinción del contrato: despido, desistimiento e indemnización
Hay dos formas de finalizar la relación laboral por parte del empleador:
Despido disciplinario
- Causa: Incumplimiento grave de las obligaciones por parte de la empleada.
- Indemnización: Si se declara improcedente, 20 días de salario por año trabajado (máximo 12 mensualidades).
Desistimiento
- Sin causa: El empleador puede finalizar el contrato sin necesidad de justificar un motivo.
- Preaviso: 7 días si la relación ha durado menos de 1 año; 20 días si ha durado más.
- Indemnización: 12 días de salario por año trabajado (máximo 6 mensualidades).
- Licencia: Durante el preaviso, la empleada tiene derecho a 6 horas semanales para buscar nuevo empleo.
Dimisión de la empleada
- La empleada puede dimitir voluntariamente con un preaviso de al menos 7 días.
- No genera indemnización.
8. Derechos fundamentales
Además de los derechos laborales específicos, las empleadas del hogar tienen todos los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y la legislación laboral:
- No discriminación por razón de sexo, origen, religión o cualquier otra condición.
- Intimidad y dignidad personal.
- Integridad física y moral: Protección frente al acoso.
- Derecho a la desconexión digital fuera de su jornada laboral.
Tabla resumen
| Derecho | Detalle |
|---|---|
| Contrato | Obligatorio por escrito (>4 semanas) |
| Jornada máxima | 40 horas/semana |
| Vacaciones | 30 días naturales/año |
| Pagas extra | 2 al año (junio y diciembre) |
| Periodo de prueba | Máximo 2 meses |
| Desempleo (paro) | Sí, desde octubre 2022 |
| Baja por enfermedad | Desde el día 4 |
| Maternidad | 16 semanas al 100% |
| Indemnización desistimiento | 12 días/año (máx. 6 mensualidades) |
| Indemnización despido improcedente | 20 días/año (máx. 12 mensualidades) |
| Salario en especie (interna) | Máximo 30% del total |
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