Pueden firmar contrato y alta desde el primer día
- Papeles en regla: DNI o TIE en vigor (residencia y trabajo, larga duración, familiar de comunitario, reagrupación familiar).
- Trámite admitido con habilitación provisional para trabajar: la regularización extraordinaria de 2026 o el arraigo sociolaboral. Lo acredita la comunicación de admisión a trámite.
Presentar no es lo mismo que admitir a trámite
Haber presentado la solicitud no basta. Lo que permite trabajar mientras se resuelve es que la Administración la haya admitido a trámite: ese es el papel que cuenta, junto con el permiso concedido cuando llegue.
Estudiantes: hasta 30 horas a la semana
Quien está en España con estancia por estudios puede trabajar hasta 30 horas semanales. Encaja como externa a tiempo parcial, no como interna.
Sin papeles y sin trámite
Todavía no se la puede contratar. Pero una oferta de trabajo puede abrirle la vía del arraigo sociolaboral: hacen falta dos años de estancia acreditable en España, un contrato de más de 90 días y al menos 20 horas a la semana, y conviene hacerlo con un abogado.
Cómo lo hacemos nosotros
Cada ficha indica la situación de papeles de la candidata, y antes de que decidas te explicamos su caso. Si nos lo pides, te ayudamos sin coste con el contrato y el alta.